En los últimos tiempos las personas jurídicas, las empresas, se vienen viendo envueltas en sonoros y mediáticos casos de delincuencia económica nacional e internacional. Ello es debido a dos circunstancias fundamentales: por un lado, el hecho de que las empresas son el motor del mundo contemporáneo y, por otro, porque actuando bajo su paraguas se produce una cierta ilusión de impunidad que ha permitido o impulsado la comisión de innumerables delitos. El resultado de todo ello ha supuesto una absoluta pérdida de confianza en el sector empresarial por parte del consumidor, y del resto de agentes socioeconómicos.

Para dar respuesta a esta nueva y compleja realidad, se han producido profundos cambios legislativos en el ámbito penal que han culminado con la obligación para todas las organizaciones, independientemente de su tamaño y estructura, de contar con un sistema eficaz de prevención y detección de delitos cometidos en su seno, comúnmente conocidos como compliance. Esencialmente lo que el legislador ha buscado con ello es que las empresas cuenten con una estricta normativa interna en materia de cumplimiento penal, que dote a la organización de mecanismos de supervisión y control para prevenir la comisión de delitos en el seno de la misma y que, al mismo tiempo, prevea actuaciones ante los posibles incumplimientos e irregularidades que puedan detectarse. Pero además, y por primera vez en nuestro Derecho, que la propia empresa (y sus administradores) sean imputables penalmente como responsables últimos de dicha comisión delictiva.

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En Lentisco & Asociados somos muy conscientes de la relevancia de estos cambios, y de la importancia que tienen de cara al futuro de las organizaciones. Como perfectos conocedores de la realidad del mundo empresarial, y como juristas expertos en el ámbito económico-penal, tenemos una visión diferente de lo que significa compliance, pues no nos limitamos exclusivamente al ámbito penal, sino que diseñamos e implantamos sistemas de cumplimiento global para velar porque la actividad empresarial se desarrolle en un marco de absoluta legalidad, y sin riesgos para organizaciones y sus responsables.

Si a ello se le suma la enorme importancia de que las empresas gocen de un marco ético serio y responsable, más allá de meras declaraciones bienintencionadas, pero carentes de contenido, y si además se le añade una comunicación audaz hacia la sociedad en su conjunto, promovida en el mismo marco de implantación del modelo de prevención, la obligación se traduce en oportunidad. Oportunidad de diferenciarse desde el momento en que todos los procesos internos de la empresa son revisados exhaustivamente para detectar cualesquiera áreas de riesgo legal; y hablamos de oportunidad en la medida en que los resultados de dicho análisis no se limitan a la identificación de áreas potencialmente peligrosas desde un punto de vista jurídico, sino que permite detectar ineficiencias, duplicidades y elementos de mejora en las distintas áreas de actividad de la empresa.

Así pues, basando nuestro modelo de Global Compliance en los requisitos incorporados a las certificaciones nacionales e internacionales en materia de cumplimiento normativo y actuando con el máximo rigor profesional, velamos porque nuestros clientes desarrollen su actividad dentro de un marco ético y jurídico. Todo ello supone el mayor impulso imaginable para la reputación y la imagen pública de las organizaciones, pues una empresa que dispone de un sistema de compliance es una empresa responsable, comprometida y sometida a la legalidad y, por si esto no fuese suficiente, una empresa que puede acreditar que periódicamente es auditada para garantizar que sigue cumpliendo dichos estándares. En definitiva, una empresa en la que todos, ya sean consumidores, accionistas o instituciones, pueden confiar.

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